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Las multas de tráfico que llegan con el buen tiempo

 

 

 

 

Según el Reglamento General de Circulación no hay una lista detallada de situaciones por las que podemos ser multados, pero sí unas directrices que el agente de tráfico tomará como base para determinar si es motivo o no de sanción. Seguro que te suenan:

 

 

Conducir descalzo o con chanclas (tacones, etc.)

Si tomamos como referencia el Artículo 17. Control del vehículo o de animales podría ser motivo de sanción al interferir en el control del vehículo y según el Artículo 18. Otras obligaciones del conductor, también podría ser sancionable ya que limitaría nuestra libertad de movimientos.

 

 

Quedaría a interpretación del agente de tráfico, y de ser sancionable sería leve, por valor de 80€ y sin pérdida de puntos.

 

 

Conducir sin camiseta

Del mismo modo, teniendo en cuenta el Artículo 18, también podría ser sancionable conducir sin camiseta. El motivo de llevarla puesta es porque nos protege de las rozaduras que puedan producir el cinturón o el airbag en caso de accidente.

 

 

La sanción sería leve de 80€ y sin pérdida de puntos.

 

 

Comer o beber mientras conduces

Volviendo al Artículo 18, comer o beber al volante nos limita la libertad de movimientos, nos resta campo de visión y la atención permanente, por lo que también puede ser motivo de sanción. También acciones como discutir o besar al conductor son acciones que distraen la atención del conductor.

 

 

La sanción sería leve de hasta 100€ y sin pérdida de puntos.

 

 

Conducir con un codo fuera (o cualquier otra parte del cuerpo) mientras conduces

Como ya adelantamos en Más de 20 motivos por los que podemos ser multados, puede ser sancionable ya que según el Artículo 18 cambiaría nuestra posición dejando de ser la correcta y nos limitaría los movimientos. De igual modo si el resto de ocupantes no mantienen su correcta posición, como por ejemplo poner los pies en el salpicadero, viajar tumbados, etc.

 

 

La sanción sería leve de 80€ y sin pérdida de puntos.

 

Hay que tener en cuenta que todas las sanciones que se abonen dentro de los 20 días desde su notificación tendrán un descuento del 50% de su valor.

 

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